Ph. D. Hernán Salgado Pesantes - Bajo La Lupa
El Ph. D (c) Xavier M. Guerrero entrevista al Doctor en Ciencias Políticas Hernán Salgado Pesantes, de profesión abogado, catedrático universitario, escritor, especialista en derecho constitucional, y Ex Juez y Ex Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH); edición especial (7 de febrero de 2018).
Hemos dividido el diagnóstico ciudadano en dos secciones; En su primera sección, el Doctor Hernán Salgado nos cuenta parte de lo que ha sido su trayectoria de vida, su camino académico y profesional:
-Afirma que los migrantes de Ecuador y de todo el mundo pasan sufrimientos, buscando mejorar su situación. Pero hay que salir con fe. El migrante tiene derechos, según Opinión Consultiva de la CorteIDH.
-Hernán Salgado nació para la docencia; para la academia. Todo ello demandó un esfuerzo significativo. Siempre tuve clara la estrategia a seguir: tengo que prepararme.
-Cuenta que pese a haberse doctorado en 1973 en la Universidad Pantheón-Sorbona de París, le resultó difícil instalarse en Ecuador. En la PUCE, ingresó vía concurso de oposición y méritos, y así se sintonizó fácilmente con los estudiantes. Sigue adelante durante 35 años, y no ha parado.
-Expresa que desde su colaboración en la CorteIDH por el lapso de 12 años, trató de mantener el ejercicio de la cátedra. El trabajo en la CorteIDH implicaba ir y venir, con jornadas ordinarias (máximo un mes) y extraordinarias.
-Manifiesta que una trayectoria académica demanda de sacrificios, incluso a nivel personal y familiar. Se reprocha el haber sido imposible brindar más tiempo a sus hijos. En lo profesional, existieron ciertos encuentros duros en la PUCE respecto a la desconfianza de colegas. No obstante, tal aptitud es humana. Reconozco que mi temperamento no ha muy sociable. Ciertamente ello cierra puertas.
-La vida es coherente con nuestra forma de ser. Mis estudiantes se percataron que era muy preocupado por su avance académico.
-Señala que su reciente obra le permitió poner en orden algunas ideas sobre política Constitucional, realizando un estudio comparado en América Latina para culminar con un análisis ecuatoriano sobre el hiperpresidencialismo.
-Subraya que un texto acabado es complicado realizar. Puedo manifestar como texto acabado: 'Introducción al Derecho'. Contiene líneas que son básicas dentro de la doctrina jurídica.
Fue el deseo de Bajo La Lupa Ecuador, para la segunda parte de este diagnóstico, también ingresar a nuestra clínica la situación del Ecuador, respecto al pedido de tres ciudadanos Consejeros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) quienes presentaron ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) una determinada pretensión en donde se requería que la CorteIDH conceda, por pedido de la CIDH, medidas provisionales en contra del Estado Ecuatoriano. Todo ello en razón que estos ciudadanos mostraron su inconformidad respecto a la voluntad del pueblo ecuatoriano en las urnas sobre el remodelado de la participación social e institucional, la cual incluía el cese de los consejeros del CPCCS (incluyéndoles).
El Doctor Hernán Salgado mostró su postura profesional y académica sobre el descrito panorama. Entre otros aspectos, indicó:
-Diferencia entre la CIDH y la CorteIDH. Instituciones dentro del esquema de la OEA, y que actúan con independencia;
-La CIDH es una entidad de selección (filtro) de aquellas peticiones que realmente deben ser conocidas a la CorteIDH;
-El papel de la CIDH es examinar previamente lo que cualquier ciudadano pide: mirar si hay extrema gravedad, urgencia y daño irreparable.
-Llama la atención que la CIDH haya actuado de la manera que actuó en el caso ecuatoriano. La CIDH cometió un error.
-La CIDH no es un simple llevador de peticiones a la CorteIDH.
-En el Caso El Universo, la CIDH dictó medidas cautelares. El Gobierno del Ex Presidente Correa no las cumplió. El argumento fue que la CIDH no tiene competencia para dictar medidas cautelares.
-la CIDH sí tiene competencia para dictar medidas cautelares, a la luz del espíritu de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
-En el Sistema Interamericano, quien puede regular las decisiones soberanas de un Estado es la CorteIDH.
-La revocatoria del Mandato en una determinada nación no transgrede derechos, en razón de que emana desde el sistema constitucional propio de cada comunidad política.
-Tengo una convicción total: la CorteIDH no podrá dar jamás medidas provisionales en este caso: no se configura: extrema gravedad, urgencia ni daño irreparable.
-Las medidas cautelares sobre todo son para preservar la vida humana, la integridad de la persona, la integridad en todos sus aspectos.
-El SIDH debe respetar las decisiones soberanas de los Estados.
Complementa sus ideas con su lectura sobre cómo debería llevarse una defensa en un Estado en materia de derecho internacional.
Finaliza, expresando: hay que sembrar una huella en el la historia del país, especialmente en el fomento de virtudes ciudadanas.